España es una gran potencia mundial en lo que a adopciones
internacionales se refiere y las estadísticas así lo
indican. En 2005 se registraron 5.423 adopciones
internacionales. Dentro de este panorama, el Gobierno
central se encuentra inmerso en la actualización de las
leyes reguladoras de esta materia y el pasado 9 de febrero
presentó en Consejo de Ministros la Ley de adopciones
internacionales.
La secretaria de Igualdad del Partido Socialista en Ceuta,
Milagros García, explicó que la tendencia nacional tiene su
reflejo en Ceuta donde “el número de adopciones
internacionales en nuestra ciudad aumenta a gran escala cada
año”. Según esta, el país del que procede la mayor cantidad
de pequeños es China.
Por otro lado, pese a la cercanía con el territorio marroquí
y la masiva presencia de menores de este país en zona ceutí
las adopciones de niños y niñas de esta nacionalidad no es
viable por el momento. “El caso de Marruecos es especial.
Este país no se sumó al tratado de Haya en su momento y
además no tiene ningún convenio con España para el tema de
la adopción internacional. Sólo podemos hablar de
acogimiento para el caso de los menores de este país, no de
adopciones”, informó la secretaria de Igualdad del PSOE de
Ceuta.
Por otra parte, la secretaria de Bienestar Social del PSOE
de Ceuta, Raquel Miaja, explicó que la futura ley supone “un
gran esfuerzo por sistematizar y clarificar la actual
normativa en cuanto a adopciones internacionales que se
encuentra muy dispersa”.
El cambio que supondrá la entrada en vigor de la ley será
que ahora España contará con un cuerpo legal único sobre la
competencia, la ley aplicable y los efectos de las
resoluciones extranjeras en materia de adopción en nuestro
país.
“Como siempre, el objetivo de la ley es garantizar el
interés superior del niño y el respeto de sus derechos.
Supondrá evitar y prevenir las sustracciones, la trata de
niños, las discriminaciones por sexo, raza, religión,
cultura, etc”, significó Miaja.
El anteproyecto va suponer una modificación de varios
artículos del código civil. Mediante estos cambios podrán
adquirir la nacionalidad española tanto los nietos y nietas
de españoles nacidos en el extranjero como los hijos de
españoles que no nacieron en España pues sus padres y
abuelos emigraron.
|