La organización sindical CCOO ha denunciado a través de la
Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en
Ceuta, presidida por el magistrado Fernando Tesón, una
querella de apelación interpuesta por el letrado de la
organización, José Aureliano Martín, en representación de
los seis miembros que CCOO tiene en el comité de empresa de
Urbaser.
El recurso fue planteado contra el auto del Juzgado de
Instrucción número 1 de Ceuta, que con fecha 27 de noviembre
resolvió negativamente la querella al considerar que los
hechos denunciados no admitían falta o delito al enmarcarse
dentro de la crítica que se produce entre sindicatos que
compiten en una misma empresa.
Los magistrados de la sección 6ª concluyen que las
aseveraciones realizadas por el delegado sindical de CSI-CSIF
en la empresa Urbaser, Enrique Luque, en el sentido de que
los miembros del comité utilizan su cargo para procurarse el
beneficio personal allí donde se presente la oportunidad,
así como la colocación de amigos y parientes, podrían
suponer un ataque injustificado al derecho constitucional al
honor de los querellantes e incluso llegar a configurar un
delito de injurias, al no haberse constatado la veracidad de
los hechos divulgados con publicidad en la prensa local por
el representante del sindicato de funcionarios.
CCOO expresa su satisfacción por el contenido de esta
resolución que demuestra que “la calumnia y la maledicencia
no pueden emplearse impunemente en la contienda sindical y
que cuando la información que se difunde no puede ser
considerada veraz sino injuriosa sus autores deben responder
ante la ley”.
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