La organización sindical UGT, y más concretamente su
Federación de Metal Construcción y Afines del sindicato,
llevan planteando desde hace años la necesidad de adelantar
la edad legal de la jubilación para los trabajadores del
sector de la construcción a los 60 años sin que esto
repercuta de forma negativa en el cálculo de su pensión.
La justificación fundamental en la que se basa UGT para esta
petición es la “penosidad, peligrosidad y toxicidad” que
concurren en la actividad de estos trabajadores del sector.
“El operario en la altura, el sobreesfuerzo, la exposición a
agentes químicos, el trabajo en el subsuelo y estar a la
intemperie, entre otras”.
UGT señala que estas peculiaridades, además de accidentes,
provocan enfermedades y deterioros físicos que merman la
calidad de vida y que se manifiestan después de años de
trabajo.
La organización sindical recuerda que estas circunstancias
son las mismas que se contemplan en el artículo 161.2 de la
Ley General de la Seguridad Social, que establece la
posibilidad de rebajar la edad mínima de jubilación en
aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos
sean de naturaleza penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, y
acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.
Además para el sindicato UGT existen otras razones de
“justicia social” para realizar esta reivindicación
jubilatoria. A partir de los 60 años muchos trabajadores de
dicho sector se ven abocados al paro, porque “hay
empresarios que no los consideran productivos” o a encadenar
bajas laborales como consecuencia de las secuelas que los
esfuerzos y “penalidades” sufridos durante años, con la
consiguiente merma para su pensión.
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