El Consejo de Ministros estableció ayer una gratificación
complementaria para los maestros y profesores de centros del
Ministerio de Educación y Ciencia, en Ceuta y Melilla, que
se acojan a la jubilación anticipada. Este acuerdo afecta
también a los docentes en centros acogidos al convenio del
Ministerio de Defensa y a los inspectores dependientes de
Educación y Ciencia.
El importe de esta gratificación es el que resulta de
multiplicar por 1,3 las cuantías de las extraordinarias que
se conceden con carácter general a los docentes de toda
España que se acogen a este tipo de jubilación y tienen, al
menos, 28 años de servicio.
Según informa el Gobierno, “se finaliza así con la
discriminación que estos funcionarios sufrían hasta ahora en
comparación con sus colegas de las comunidades autónomas.”
Desde que se reguló la jubilación voluntaria anticipada por
primera vez, en 1990, las comunidades venían estableciendo,
con sus propios presupuestos, complementos a las
gratificaciones del Estado.
El Consejo también ha acordado establecer un nuevo
componente del complemento específico para los funcionarios
docentes dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,
denominado ‘Paga Adicional Artículo 27.Uno.D, de la Ley
42/2006’.
Este componente se une a los tres vigentes en la actualidad:
uno de carácter general, otro singular por el desempeño de
distintos puestos o funciones, y un tercero por formación
permanente.
Con ello se da cumplimento, explica el Gobierno, al artículo
21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007,
por el que la masa salarial de los funcionarios en servicio
activo experimentará un incremento del uno por ciento, que
se destinará al aumento del complemento específico. Este
incremento será adicional al aumento del dos por ciento
previsto con carácter general y al derivado de la
modificación prevista en las cuantías de las pagas
extraordinarias.
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