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El juez del número 3 de Primera Instancia e Instrucción de
los de Ceuta, de guardia en la jornada de ayer, ha privado
de libertad a los tres detenidos por la Policía Nacional el
pasado día 30 acusados del delito de Tenencia y Tráfico de
explosivos, tipificado en el Código Penal, artículos 568 y
573, por el que podrían estar en prisión entre tres y diez
años.
Los detenidos declararon ante el juez por espacio de más de
tres horas. De lo deducido en sus explicaciones y las
pruebas entregadas por la Policía Nacional, el magistrado,
que podría inhibirse en favor del juzgado número 2 que
inició en su día las diligencias, ha decretado auto de
prisión incondicional contra los tres acusados de tenencia y
tráfico de explosivos.
Cabe recordar que de estos tres detenidos, dos son soldados
profesionales: uno adscrito a la 4ª Bandera de La Legión,
Juan P.A. de 25 años y el otro vinculado a la Policía
Militar, Oscar C.C. de 24 años. Ambos se encontraban de baja
sicológica, uno desde noviembre y el otro desde diciembre.
Los dos tenían abiertos varios expedientes disciplinarios.
Uno de ellos contaba con un expediente de falta grave por la
acumulación de varias faltas leves, y el otro contaba con un
expediente por actuaciones contrarias al régimen
disciplinario de las Fuerzas Armadas.
El tercer detenido es musulmán Ismael. A. de 33 años y
residente en el Príncipe.
Los dos soldados profesionales serán expulsados del
Ejército, por lo que, aunque se encuentren en la actualidad
en el establecimiento disciplinario ubicado en el
acuartelamiento ‘General Pardo de Santayana’, ambos podrán
ser alojados en la prisión de Los Rosales en el momento en
que queden desligados del Ejército, y unirse así al tercero
de los implicados que ya se encuentra incluido entre los
internos del centro penitenciario.
Los tres han sido acusados de tenencia y tráfico de
explosivos por los que podría aplicársele el artículo 568
del Código Penal: “La tenencia o el depósito de sustancias o
aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o
asfixiantes, o sus componentes, así como su fabricación,
tráfico o transporte, o suministro de cualquier forma, no
autorizado por las Leyes o la autoridad competente, serán
castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años, si
se trata de sus promotores y organizadores, y con la pena de
prisión de tres a cinco años para los que hayan cooperado a
su formación”.
Además, el juez podría interpretar, por las declaraciones de
los imputados, que éstos pudieran haber intentado contactar
con alguna organización terrorista, en cuyo caso podría
aplicársele el artículo 573 del C.P.: “El depósito de armas
o municiones o la tenencia o depósito de sustancias o
aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o
asfixiantes, o de sus componentes, así como su fabricación,
tráfico, transporte o suministro de cualquier forma, y la
mera colocación o empleo de tales sustancias o de los medios
o artificios adecuados, serán castigados con la pena de
prisión de seis a diez años cuando tales hechos sean
cometidos por quienes pertenezcan, actúen al servicio o
colaboren con las bandas armadas, organizaciones o grupos
terroristas”.
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La investigación policial continúa
Como es preceptivo, la Jefatura
Superior de Policía, ante un hecho como el de referencia, no
cesa en su investigación con el objeto, sobre todo, de dar
‘caza’ a los individuos que se encontraban en un segundo
vehículo y que pudo fugarse en tanto los agentes actuantes
daban el alto, con disparos al aire, al primero de los
automóviles que contaba con la famosa bolsa en cuyo interior
se halló 586 gramos de PG2, un explosivo plástico de uso
militar.
Aún no se ha determinado nada, o al menos no ha trascendido,
pero los probables compradores de este explosivo podrían
continuar en Ceuta.
La investigación policial continúa; la operación sigue
abierta y no se descarta que nuevos implicados sean
capturados.
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