Quiero aclarar que la autoría de todos los artículos
publicado con el titulo superior corresponden a José Fco.
Cano de la Vega (Jefe de la PL de Fuenlabrada) y Leonardo
Román Lafuente Valentín (Jefe de la PL de Aranjuez).
Abandonar radicalmente la actual política de imagen del
Ministerio de Interior, y sustituirla por políticas
integradoras, consensuadas y efectivas es una necesidad
perentoria del Estado Democrático.
La actual distribución de competencias entre las
Administraciones Públicas ni es adecuada, ni responde a las
demandas sociales.
La actual distribución de competencias en materia de
seguridad presenta dos problemas fundamentales: por un lado,
liga excesivamente la competencia de una Administración a la
existencia o no de Cuerpos de Policía propios y, por otro,
no se ha establecido sobre la base de la lealtad y la
cooperación institucional, sino de la desconfianza hacia las
Administraciones territoriales.
En un sistema como el que proponemos cada Administración
debe asumir aquellas competencias que está en mejores
condiciones de asumir. Y todos se responsabilizan y todos
trabajan para todos. El Estado, como principal titular
constitucional de las competencias securitarias, tiene la
responsabilidad de impulsar y garantizar el funcionamiento
global del sistema y las administraciones territoriales, en
función de sus respectivas competencias, de contribuir
lealmente a su buena marcha.
Tutelas imposibles, como otorgar la copresidencia de las
Juntas Locales de Seguridad a los Subdelegados del Gobierno,
o que éstos dispongan de la facultad de autorizar el trabajo
no uniformado de las Policías Locales (restando o hurtando
evidentes competencias municipales) dejan de tener sentido
desde esta perspectiva.
Las funciones asignadas actualmente a las Policías
Locales o resultan excesivas o suponen un importante
desaprovechamiento de recursos.
La experiencia ha venido a demostrar que ha constituido un
error establecer exactamente las mismas funciones para todos
los Cuerpos de Policía Local. Las policías existentes en los
pequeños municipios son incapaces de cumplir con el mandato
legal, mientras que supone un verdadero derroche de recursos
y una gestión ineficiente de la seguridad mantener funciones
tan limitadas en los municipios grandes y medianos.
Con el marco normativo actual no se ofrecen alternativas
a los pequeños municipios.
Un nuevo sistema de seguridad debe ofrecer alternativas a
los pequeños Ayuntamientos, para el adecuado ejercicio de
sus competencias en materia de seguridad. La mejor
alternativa es posibilitar la mancomunización de servicios
de Policía Local bajo determinados criterios, o bien
generalizar la constitución de Policías Autonómicas con
cierta dependencia funcional de los Alcaldes en el ámbito
rural.
Se está construyendo un modelo de excesiva heterogeneidad
entre las Policías Locales.
El modelo actual ha descargado en las Comunidades Autónomas
las políticas de coordinación y homogeneización de las
Policías Locales. Esto ha provocado la construcción de
modelos muy distintos, que pueden afectar a los niveles de
calidad del servicio que se presta a los ciudadanos. Las
manifestaciones más claras de este problema afectan al nivel
de la formación básica de los aspirantes y a la estructura
jerárquica de estos Cuerpos, que deberían ser objeto de
regulación básica por el Estado.
No son proporcionales los recursos económicos que los
Ayuntamientos reciben del Estado en relación a su
contribución a la seguridad pública.
Como ya se ha dicho, la contribución municipal a la
prevención y el mantenimiento de la seguridad ciudadana es
muy superior a los recursos que reciben del Estado. Resulta
absolutamente urgente y necesario desarrollar una política
decidida de aportación de recursos económicos de la
Administración Central y las Comunidades Autónomas a los
Ayuntamientos, bajo determinados criterios, entre los que se
debe destacar el número de policías locales y las funciones
asumidas por estos Cuerpos.
El modelo actual desprecia un elemento esencial para
articular las políticas de seguridad pública: la
participación ciudadana.
La legislación actual no impulsa ni regula la participación
ciudadana en la definición de las políticas públicas y en el
control de la gestión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Esta situación contribuye a incrementar una ceremonia de la
confusión. Así, muchas veces, se invita a participar a
entidades ciudadanas en las Juntas Locales de Seguridad,
cuando son órganos destinados a articular la colaboración
entre las Administraciones Públicas y la coordinación
policial. De esta manera, ni se hace una cosa, ni la otra.
Todo lo contrario: se evita una colaboración eficaz entre el
Estado y los Ayuntamientos y se hurta a los ciudadanos el
derecho a participar en la elaboración y control de las
políticas que afectan directamente a su calidad de vida.
4. Reforzar las competencias municipales en seguridad
ciudadana.
Cada vez más, se constata la necesidad de actuar en
determinados problemas de manera rápida y decidida en el
ámbito de la Ciudad. Por eso, la F.E.M.P. viene reclamando,
de manera reiterada, que sean los Alcaldes los que tengan
una autoridad reconocida y ejecutiva en la coordinación de
los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que actúan en su
territorio (en perfecta coordinación con las Autoridades de
las otras administraciones), para abordar los problemas que
afectan directamente a los municipios.
Ahora bien, como ya se ha dicho, en el ámbito municipal
existe una situación de desigualdad muy importante, que
debería ser tenida en cuenta para la asignación de
competencias a los Ayuntamientos. Entre los más de 8.000
municipios españoles, se encuentran grandes ciudades, con
millones o cientos de miles de habitantes , mientras que
otros municipios sólo reúnen algunas decenas de vecinos.
Así, los pequeños municipios se encuentran con unas
competencias que difícilmente pueden asumir y, por el
contrario, las grandes tienen unas competencias que están
muy por debajo de su capacidad institucional y de respuesta
a los problemas de seguridad que los ciudadanos les
demandan.
Desde esa perspectiva, proponemos la adopción de las
siguientes medidas, para reforzar el papel de los municipios
en materia de seguridad ciudadana y mejorar el actual
sistema de seguridad pública:
1. Atribuir a los Alcaldes la condición de Autoridad
competente en materia de seguridad ciudadana, en aquellos
municipios de población igual o superior a los 20.000
habitantes y mantener la situación actual en aquellos
municipios de censo inferior.
2. Posibilitar la mancomunización del servicio de Policía
Local en los pequeños ayuntamientos, como la fórmula más
adecuada para abordar las necesidades de seguridad municipal
en ese ámbito. O, alternativamente, generalizar la
constitución de Policías Autonómicas, con cierta dependencia
funcional de los Alcaldes en los municipios del ámbito
rural.
3. Impulsar y desarrollar las Juntas Locales de Seguridad,
como verdaderos órganos de colaboración entre
Administraciones en el ámbito local y de coordinación de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que actúen en los municipios,
bajo la presidencia única del Alcalde. Los acuerdos
adoptados en las Juntas deben tener la condición de
vinculantes para las partes y los Alcaldes deben asumir la
facultad de velar por su cumplimiento.
4. Otorgar a los Alcaldes la responsabilidad de proponer a
las Juntas Locales las políticas de seguridad específicas
para desarrollar en sus municipios y de asumir e impulsar la
ejecución de las políticas diseñadas desde ámbitos
territoriales superiores.
5. Atribuir a los Alcaldes la competencia de autorizar la
actuación no uniformada de los componentes del servicio de
Policía Local, para el ejercicio de sus funciones.
6. Favorecer la adopción de acuerdos estandarizados entre
los Cuerpos de Seguridad que actúan en un mismo territorio y
de éstos con otros servicios públicos, para desarrollar
planes y programas conjuntos de prevención y actuación.
7. Incrementar los recursos económicos de los Ayuntamientos
en relación a su nivel de responsabilidad competencial en
materia de seguridad ciudadana, para garantizar la
prestación de un servicio acorde a estándares mínimos
previamente establecidos.
8. Impulsar la suscripción de un Pacto Institucional por la
Seguridad en los municipios, para formalizar y concretar, en
cada caso, las formas y compromisos de colaboración y
participación de las Administraciones Públicas, Central,
Autonómica y Local, sentando las bases de un sistema
coordinado y permeable de la seguridad pública en el ámbito
municipal.
5. Ampliar las funciones de las Policías Locales.
Una tendencia generalizada en nuestro sistema es la
incorporación progresiva y creciente de responsabilidades,
funciones y competencias a los Servicios de Policía Local,
que son asumidos a través de tres distintas vías: por un
lado, la aprobación de normas administrativas por
administraciones extramunicipales, que afectan casi en
exclusiva a estos Cuerpos; por otro, por un reparto tácito,
motivado por las deficiencias o la dejación de funciones de
los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado; un último
factor es la demanda social, que entiende muy poco de
repartos legales y se basa en la proximidad para exigir a
las Policías Locales la solución de muchos problemas, que ve
comprendidos en el ámbito de los problemas que deben
responder los servicios municipales.
Esta es una realidad innegable a la que debe darse forma,
establecer límites y distribuir competencias, con el
objetivo último de ofrecer a los ciudadanos el mejor
servicio posible, bajo los criterios de eficacia y
eficiencia.
Desde esta perspectiva y en consonancia con las propuestas
recogidas en el apartado anterior, además de las funciones
actualmente atribuidas a las Policías Locales, proponemos
ampliar sus funciones en los municipios de población
superior a los 20.000 habitantes, siguiendo los siguientes
criterios:
- Ampliar su ámbito territorial de competencias a todo el
término municipal, excepto en las vías que son titularidad
del Estado.
- Extender sus funciones a las problemáticas relacionadas
con los conflictos urbanos que, por proximidad al entorno
familiar, escolar y de convivencia, generan alarma social y
demandan una respuesta integral que también requiere de la
actuación policial.
- Extender sus funciones a las problemáticas e infracciones
penales relacionadas con el entorno doméstico, atendiendo la
problemática de la mujer, menores y mayores.
-Extender sus funciones a las problemáticas
medioambientales, tanto en el ámbito penal como en el
administrativo.
- Extender sus funciones a todas las infracciones penales
relacionadas con la seguridad del tráfico y las asociadas a
las mismas.
- Extender sus funciones a los conflictos cuya génesis y
desarrollo se radique, de forma estática y continuada, en el
ámbito de la ciudad, despierten la sensibilidad social y
conlleven la alteración de la convivencia.
- Otorgar a estas Policías Locales pleno carácter de Policía
Judicial, en el ámbito de sus funciones.
- Establecer sistemas que garanticen, de manera automática,
el transvase de la información obtenida por las Policías
Locales a los bancos de datos estatales, y el acceso a los
mismos de éstas, con las restricciones que sean
imprescindibles para resguardar la seguridad del Estado.
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