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OPINIÓN - MIÉRCOLES, 24 DE ENERO DE 2007

 
OPINIÓN / EDITORIAL

Deberes de la Administración, derechos de los ciudadanos

La Constitución española de 1978, en la que creemos a pies juntillas, consagra la libertad, los derechos y los deberes de los españoles.

La Carta Magna previene y regula con mecanismos justos y apropiados el funcionamiento de las distintas administraciones que conforman la entidad territorial de nuestro país así, por ejemplo, en su Título IV, artículo 103, punto 1 dice: “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”. En el punto 2 advierte que “los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley”.

Estos mismos principios están destinados, sin duda alguna, y así queda prevenido en nuestra Constitución, a las demás entidades administrativas de la estructura territorial del Estado, llámense Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas, Provincias o Municipios.

Además y ante el deber de la Administración de cumplir con este mandato, los ciudadanos cuentan con el derecho de exigir, si no lo hace por sí sola la propia institución administrativa, el cumplimiento de este mandato. En este sentido, la Constitución dentro de este mismo Título IV pero en el artículo 106 en sus puntos 1 y 2, determina que: “los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican”. “Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”. En un día como el de hoy en el que se celebra el patrón de los periodistas, San Francisco de Sales, una mirada más detenida de nuestra Constitución no es una mala práctica.
 

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